

BASTA DE VIOLENCIA
Durante la temporada 2015-2016, la Federación Catalana de Fútbol promueve la campaña de Antiviolencia. Bajo el lema ‘Basta de violencia en el fútbol’, todos los equipos de fútbol y fútbol sala de Cataluña salen al terreno de juego enseñando una bandera negra con el correspondiente lema con el objetivo de reclamar a todo el entorno de este deporte el máximo respeto.
¿EN QUÉ CONSISTE LA CAMPAÑA?
Pretende erradicar las conductas incívicas, como la discriminación por motivos de sexo, de raza o insultos, en los campos de fútbol y pabellones de fútbol sala.
EL CODI ÈTIC
El Código Ético es un documento que pretende conseguir el fomento del respeto entre todas aquellas personas relacionadas con las competiciones federadas, la disminución de conductas violentas o incívicas relacionadas con la práctica deportiva y garantizar el juego limpio en la competición.
La regulación del Código Ético de la FCF tiene como objetivo fundamental que en la práctica deportiva prevalezca la ética, las buenas costumbres y los valores de respeto, rectitud, compromiso, lealtad y objetividad.
ELEMENTOS QUE LA FORMAN
Esta campaña no solo consiste en lucir la bandera, sino que también va acompañada de la implantación d’un nuevo Código Ético federativo que se suscribió por mayoría absoluta en la Asamblea General Ordinaria de la FCF del año 2015. Los encargados de llevar la bandera a cada partido son los árbitros, no los clubes.
Logotipo equipaciones arbitrales: el logotipo de 'Joc Net' y 'Respeto' está visible en las camisetas de los árbitros.
MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS
• Creación del Código Ético y atribución a la Comisión de Ética Deportiva y Lucha contra la Violencia las potestades de tutela, cumplimiento y actualización del mencionado Código (art. 64 y ss. de los Estatutos).
• Endurecimiento de las sanciones por infracciones con motivación racista, xenófoba y/o discriminatoria por cualquier otra razón (art. 268 RG).
• Introducción de la sanción de exclusión de la competición para aquellos clubes que reincidan en infracciones graves de violencia, racismo, xenofobia o intolerancia (art. 307 RG).
• Endurecimiento de las sanciones por agresiones con resultado lesivo (art. 307 RG).
• Endurecimiento de las sanciones por infracciones cometidas por técnicos, auxiliares y delegados (art. 268 del RG).

