Jugadores procedentes del exterior
En este apartado encontrará las instrucciones necesarias para la correcta tramitación de jugadores procedentes del exterior.
En fecha 31 de julio de 2019, la RFEF emitió la circular núm. 15 de la temporada 2019/20, con las novedades reglamentarias en materia de inscripción de jugadores menores procedentes del exterior, establecidas por la FIFA.
Se han añadido tres nuevas excepciones a las ya contenidas en el artículo 19 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores:
- El jugador se muda por razones humanitarias con sus padres.
- El jugador se muda por razones humanitarias sin sus padres.
- Estudiante de intercambio.
En el caso de desplazamiento por razones humanitarias, FIFA informa en su reglamentación y documentación aclaratoria cuáles son las circunstancias que deben concurrir para acogerse a estas excepciones.
Así pues, tanto la transferencia como la primera inscripción de jugadores menores de edad no está permitida excepto que las circunstancias se encuadren en alguna de las siguientes excepciones:
- Mudanza de los padres del jugador por motivos no relacionados con el fútbol.
- La transferencia se realiza dentro de la UE/EEE y el jugador tiene entre 16 y 18 años (solo clubes de 1ª y 2ª División Nacional).
- El jugador y el club están a 50km de la frontera común y la distancia máxima entre ambos es inferior a 100km.
- Primera inscripción de un jugador que ha vivido ininterrumpidamente durante cinco años en el país donde quiere inscribirse.
- El jugador se muda por razones humanitarias con sus padres.
- El jugador se muda por razones humanitarias sin sus padres.
- El jugador es un estudiante de intercambio que participa en un programa académico.
El club interesado en inscribir a un jugador menor deberá remitir, a la Federación Territorial, la documentación necesaria que sustente las circunstancias de la excepción del artículo 19 del Reglamento FIFA a la que se acoja. Esta Federación Territorial será la encargada de tramitar el expediente con la RFEF.
En la Guía de la FIFA (disponible en la pestaña "Documentación de interés") encontrará toda la documentación requerida según el caso, así como la que pide adicionalmente la RFEF, que es susceptible de poder pedir documentación adicional aunque no quede recogido en los anexos de dicha circular.
Asimismo, toda la documentación que se adjunte a una solicitud de autorización de un jugador menor, deberá estar claramente identificada, deberá ser perfectamente legible y deberá estar en uno de los cuatro idiomas oficiales de la FIFA (inglés, francés, alemán y español). En el caso de documentos originales expedidos en un idioma no oficial de la FIFA, se aportará tanto el documento original como la correspondiente traducción.
Le indicamos que se podrán consultar en tiempo real el estado de las solicitudes a través de la opción "Consultar solicitud de autorización" en la web siguiente. El número de la solicitud será facilitado por su delegación.
En caso de duda puede ponerse en contacto con su delegación de la FCF.